Programación oposiciones- Horarios
Orden de 29 de junio de 1994, puntos 68-91 Según esta orden se establece la realización del horario escolar. Al igual que en el resto de legislación, os dejaré el enlace para el que quiera consultar la orden completa. 1.1-Distribución del horario La jornada laboral de los funcionarios docentes será la establecida con carácter general para los funcionarios públicos, adecuada a las características de las funciones que han de realizar. Los Maestros permanecerán en el colegio treinta horas semanales. Estas horas tendrán la consideración de lectivas y complementarias de obligada permanencia en el centro. El resto, hasta las treinta y siete y media semanales, serán de libre disposición de los Maestros para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesorional o cualquier actividad pedagógica complementaria. Las horas dedicadas a actividades lectivas son veinticinco por semana . A esos efectos se consideran lectivas tanto la docencia ...