Educación Física para NEE en la LOE

La LOE, en su artículo 1, establece los principios y fines de la Educación.
"El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios":
-         La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.
-         La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.
-         La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.
Ya que pone especial énfasis en esos apartado el derecho a la calidad de educación que tienen las personas con NEE. Lo que incluye la calidad en todas las áreas que se le impartan, y entre ellas, está el área de Educación Física, a la que la LOE dedica un apartado, en el capítulo VIII, con el título de enseñanzas deportivas, pero resumiéndole solo habla de la preparación para ejercer profesionalmente la enseñanza deportiva, aunque se puede deducir que estos profesionales deben enseñar a sus alumnos y facilitarles su adaptación a la evolución del mundo laboral y deportivo, deberán igualmente, capacitar a su alumnado a su propia realización personal, llegando siempre al máximo desarrollo de sus capacidades, deben además facilitarles el ejercicio de la ciudadanía activa e incorporarse a la vida adulta de manera satisfactoria.
Igualmente en el título II, sobre la Equidad de la Educación, el capítulo I, hace referencia a los ACNEAE, que si las unimos y mezclamos con lo anterior, viene a decirnos, que todos los alumnos tienen que alcanzar el máximo desarrollo posible en lo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos en la Ley, y que para ello se les debe de asegurar los recursos necesarios. De la misma manera se dispondrá de profesores especialistas para esos alumnos, y se les realizarán adaptaciones y diversificaciones curriculares que se necesiten para que el alumno consiga desarrollar al máximo posible sus capacidades. Y todo ello se hará con la finalidad de facilitar la integración social y laboral del alumnado con NEE.
Por otra parte, el anexo II de la LOE, en las áreas de Educación Primaria, hace hincapié especialmente a las distintas áreas, y en el área de Educación Física, nos explica que esta área, se orienta al desarrollo de las capacidades vinculadas a la actividad motriz y a la adquisición de elementos de cultura corporal que contribuyan al desarrollo personal y a una mejor calidad de vida. E intenta dar respuesta, a través de sus intenciones educativas, a aquellas necesidades, individuales, y colectivas, que conducen al bienestar personal, y que promuevan una vida saludable, lejos de estereotipos y discriminaciones. Además contribuye esencialmente al desarrollo de la gestión del cuerpo y de la conducta motriz, para que ayude a los alumnos a sentirse bien con su propio cuerpo, lo que mejoraría la autoestima. Ayudando también a las relaciones interpersonales que se volverían más humanizadas debidas al contacto personal, ya que la Educación Física permite trasmitir sentimientos y emociones a través del lenguaje corporal.

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