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Mostrando las entradas etiquetadas como Legislación

¿Qué esta pasando con la educación?

Fecha: jueves, 4 de agosto, 2011 09:57 Estimadas Familias:                 Esta carta pretende   informarles acerca de la situación actual de la Enseñanza Pública en la Comunidad de Madrid y con la intención de buscar su apoyo y su mayor implicación posible . Cuando menos, su apoyo moral y su comprensión hacia la cosa de la Enseñanza Pública (con mayúsculas) y hacia quienes la hacemos posible con lo mejor de nosotros.   Esto es un texto extenso. Si no tiene tiempo de leer todo, quédese al menos con el MENSAJE PRINCIPAL , que es el siguiente:   Se está recortando en la Educación de sus hijos. Los profesores nos estamos movilizando para defender nuestra dignidad como trabajadores y la calidad de la Educación que damos, y quiero pedirle que aporte su granito de arena o, cuando menos, comprenda la situación y apoye al profesorado.   No es habitual que los docentes seamos tan dire...

Rayuela

Aquí os dejo la página donde podréis encontrar los juegos sobre los derechos del niño. Ella misma se presenta así: "Hola soy Rayuela, la página Web de los Derechos de los niños y las niñas, es decir sobre aquellas cosas que necesitáis para tener una vida sana y feliz. Cosas tan importantes como los abrazos, las sonrisas, la merienda, los cuentos, las bufandas en invierno, bañarse en el río en verano, un parque donde jugar, los amigos… Nací en 2003, en la Liga Española de la Educación y la Cultura Popular una ONG en la que trabajan personas para tratar de conseguir un mundo más justo. Me trajeron al mundo para que los niños y las niñas podáis conocer vuestros derechos pero también para que podáis expresar lo que sentís, lo que os gusta, lo que no… Porque lo más importante de todo es que sepáis que los niños sois protagonistas de vuestra vida.  También es importante que los adultos puedan entenderos y conozcan los derechos de los niños y las niñas, por eso, Rayuela t...

Programación oposiciones- Horarios

Orden de 29 de junio de 1994, puntos 68-91 Según esta orden se establece la realización del horario escolar.  Al igual que en el resto de legislación, os dejaré el enlace para el que quiera consultar la orden completa. 1.1-Distribución del horario La jornada laboral de los funcionarios docentes será la establecida con carácter general para los funcionarios públicos, adecuada a las características de las funciones que han de realizar.   Los Maestros permanecerán en el colegio treinta horas semanales. Estas horas tendrán la consideración de lectivas y complementarias de obligada permanencia en el centro. El resto, hasta las treinta y siete y media semanales, serán de libre disposición de los Maestros para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesorional o cualquier actividad pedagógica complementaria. Las horas dedicadas a actividades lectivas son veinticinco por semana . A esos efectos se consideran lectivas tanto la docencia ...

Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

Como en anteriores veces os dejaré el enlace para que podáis encontrar el Real Decreto 82/1996 al completo, pero especificaré y copiaré en el blog, algunas de las partes que considero de más importancia y que todo el mundo debería saber. Espero que os sirva. Real Decreto 82/1996 Los maestros, los alumnos y los padres de los alumnos de este ciclo educativo se integrarán en el colegio de educación primaria y formarán parte, según corresponda, de todos sus órganos de gobierno y de coordinación docente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que, como miembros de dicha comunidad educativa, les son aplicables. Provisionalmente, durante el tiempo que en cada caso la Administración Educativa determine, los colegios de educación primaria podrán impartir el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria. A fin de garantizar la adecuada coordinación docente de estos estudios, dichos colegios serán adscritos por el Ministerio de Educación y Ciencia a un instituto de educaci...

Real Decreto 696/1995

Llevo varios días sin publicar nada, así que tengo entradas pendientes, aquí os dejo el enlace al BOE, directo a la página del REAL DECRETO 696/1995, DE 28 DE ABRIL, DE ORDENACION DE LA EDUCACION DE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES , para el que quiera verlo, pero os resumo algunas de las partes importantes del mismo, ya que me parece interesante conocer la legislación vigente, para así saber, desde donde podemos actuar y los derechos que tienen los alumnos con Necesidades Educativas Especiales. Artículo 3. Escolarización. La atención educativa a los niños y niñas con necesidades educativas especiales comenzará tan pronto como se adviertan circunstancias que aconsejen tal atención , cualquiera que sea su edad, o se detecte riesgo de aparición de discapacidad.  Los alumnos con necesidades educativas especiales , temporales o permanentes, asociadas a su historia educativa y escolar, así como a condiciones personales de sobredotación y de discapacidad psíqui...

Ley Orgánica de calidad de la Educación (LOCE)

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación 10/2002, de 23 de Diciembre, nos añade nuevas aportaciones: En el capítulo VII de la LEy se hace mención a la atención a los alumnos con Necesidades Educativas Específicas, diferenciando entre: Alumnos extranjeros. Alumnos superdotados intelectualmente. Alumnos con Necesidades Educativas Especiales. La Igualdad de oportunidades se refiere a los alumnos que necesitan compensación educativa, considerandose de compensatoria a los alumnos que tienen una desventaja curricular de 2 años, y que además estén en situación de desventaja social. Por ello, se impulsan medidas destinada s a favorecer una educación de calidad. Se habla de las aulas de enlace, que sirven para favorecer la incorporaciónd e los alumnos o alumnas procedentes de países extranjeros mediante el desarrollo de programas que faciliten el aprendizaje del idioma en centros ordinarios, asesoramiento a las familias... En el caso de los alumnos superdotados intelectualmente, se prop...

Real Decreto 696/1995, de Ordenación de los alumnos con NEE

El RD 696/1995, añadio a la legislación vigente nuevas cosas:  Incorpora y afianza el concepto de Necesidades Educativas Especiales (NEE), señalando que estas pueden ser temporales o transitorias, y estar asociadas a condiciones educativas, escolares y/o personales. Incorpora los servicios escolares en hospitales, centros de rehabilitación, etc. Se incorpora el concepto de adaptación curricular individualizada (ACI), que sustituye al Plan de Desarrollo individual (PDI), siendo estas adaptaciones más o menos significativas dependiendo de las necesidades del alumnado, y siendo realizadas por el profesor de cada área, con el asesoramiento y ayuda de los equipos y profesionales especialistas. Se dividen los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica en: Equipos de Atención Temprana (EAT) Equipos generales. Equipos específicos.

LOGSE

Con la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), de 1990, se establece que los fines generales de la educación son obligatorios para todos los alumnos, sean o no sujetos con Necesidades Educativas especiales, así como la enseñanza obligatoria y gratuita para todos los alumnos, que tendrán derecho a ser escolarizados y permanecer en los centros ordinarios hasta los 16 años. Ampliando por tanto la edad obligatoria de escolaridad. Especialmente para el alumnado con NEE, en su artículo 36 y 37 nos dice que "el sistema dispondrá de los recursos necesarios para que los alumnos con NEE, temporales o permanentes, puedan alcanzar dentro del mismo sistema los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos". Se plante apor tanto, un modelo de escuela más abierto y flexible, sustituyendose el término Educación Especial por NEE, insistiendo en la importancia de la detección precoz como la única manera de asegurar una atención temprana. Y sobr...

Real Decreto 334/1985, de Ordenación de la Educación Especial

Con el RD 334/1985, se inicia el programa de integración escolar con cuatro niveles: Integración completa en unidades ordinarias con programas de apoyo individual. Integración combinada en unidades ordinaria y de educación especial. Integración parcial, en unidades de educación especial en centros ordinarios. Integración en centros específicos de Educación Especial. Esta ley además, menciona los cuatro principios: Normalización, integración, sectorización e individualización de la enseñanza, y entiende la Educación Especial como una parte integrante del sistema educativo, y la concreta como "un conjunto de apoyos y adaptaciones para que los alumnos con discapacidad puedan hacer realmente efectivo su derecho a la educación". De este modo, ya no se trataba de diagnosticar, sino de analizar cuales son las ayudas pedagógicas que necesitan para progresar según sus necesidades y los objetivos educativos decididos. No se trata de preparar al profesorado para dar clases en un c...

LISMI

La Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) de 1982, da un paso hacia delante, ya que entiende las Necesidades Educativas Especiales diferenciando tres grandes conceptos importantes, el de deficiencia, discapacidad y minusvalía (que puedes ver en el glosario). Esto supuso, reafirmar los principios que el Plan Nacional de Educación Especial había anunciado, comprometiendo a la administración educativa a desarrollar una política de integración de las personas discapacitadas en el sistema educativo ordinario, y por ello a reordenar la Educación Especial de acuerdo con esos principios. Posteriormente y como consecuencia de esta ley, la administración educativa modificó su estructura para dar respuesta al nuevo modelo educativo diseñado, creando la subdirección general de Educación Especial. Pero la LISMI, no es una ley exclusivamente eductaiva, sino que abarca distintos campos de actuación en relación con las personas con trastornos o patologías, como la sanidad, la sociolo...

Principio de sectorización

Se trata de un principio que consiste en reconocer y facilitar que cada alumno con dicapacidad reciba en cada momento la educación que necesita. Este principio es lo que dió lugar a los Programas de Desarrollo Individualizado (PDI) y que hoy conocemos, como Adaptaciones Curriculares Individualizadas (ACI). Este principio consiste, por tanto, en la aplicaciónd el principio de normalización a la prestación de servicios en el entorno en el que vive. Es decir, se trata de prestar servicios a quienes lo necesitan y donde lo necesitan, teniendo en cuenta su ambiente físico, familiar y social. 

Principio de integración

Con las nuevas demandas sociales, aparece la necesidad de unificar la educación ordinaria y la educación especial, ofreciendo un conjunto de servicios a todos los alumnos en función de sus características. El Plan Nacional de Educación Especial, lo formuló en los siguientes términos "La Educación Especial debe impartirse hasta donde sea posible en los centros ordinarios del sistema educativo general, sólo cuando resulte absolutamente necesario se llevará a cabo en centros específicos (actualmente con la LOE, Centros de Educación Especial). Además los servicios deben comenzar lo más precozmente posible. Ahora bien, para conseguir esto es necesario modificar el sistema eductaivo, proporcionandole recursos materiales, personales y organizativos" Por tanto, y centrándonos en Nirje, nos dice que "La integración significa que las relaciones entre los individuos están basadas en el reconocimiento de que todos compartimos los mismos valores y derechos básicos, así como la inte...

Principio de normalización

El concepto de normalización es un principio de acción que surge en el ámbito de lo social, refiriendose a las relaciones que surgen o que deben existir entre las personas. Fue adoptado por el sueco Nirje, y el danés, Bank-Mikkelsen. El segundo lo define como "la posibilidad de que la personas con discapacidad desarrolle un tipo de vida tan normal como sea posible". Pero para otros autores actuales, el concepto va más allá de la normalización de las personas con discapacidad, y abarca todos los lazos sociales, por tanto, no se trata de normalizar a las personas con discapacidad, sino los lazos que tenemos con ellos. Este concepto, trae consigo, un cambio de actitudes en toda la comunidad, de tal manera que la sociedad, empieza a  comportarse de una forma distinta con la persona que tiene discapacidad.  De acuerdo a este principio, queda claro que el proceso educativo de las personas con discapacidad, necesita de una atención especial, pero de la forma más normalizada posi...

Ley General de Educación de 1970

La LGE, une la Educación Especial al sistema educativo, pues establece que la atención a los niños con discapacidad se llevará a cabo en centros especiales cuando la profundidad de sus minusvalías lo haga absolutamente necesario, y en unidades de Educacion Especial en centros ordinarios, cuando la discapacidad sea de caracter leve. Como consecuencia de esta ley, se creó en 1975 el Instituto Nacional de educación Especial, cuya aportación consistió en la elaboración del Plan Nacional de Educación Especial de 1978. Este Plan Nacional de Educación Especial supuso sin duda, una nueva forma de pensar, sentir y actuar respecto a la educación del alumno con discapacidad, ya que basándose en los principios de normalización, integración y sectorización, sentaron las bases del actual concepto de Educación Especial.

Marco legislativo de la Educación Especial

La constante superación de barreras, el cambio conceptual de la educación especial y los planteamientos pedagógicos- didácticos y organizativos, con respecto a la intervención en las necesidades educativas especiales, no ha sido una tarea ni breve ni fácil, sino que se ha ido trasformando a partir de las reglamentaciones legales cada vez más progresistas, respetuosas, tolerantes e integradoras. Los cambios sociales, las investigaciones desde diferentes ángulos y las exigencias de determinados colectivos han forzado la aparición de las leyes y éstas, a su vez, han ido marcando pautas de sucesivo respeto a la atención a la diversidad, a los problemas de aprendizaje y al rendimiento escolar en un clima de respeto y de igualdad.